Mantenimiento del empleo para empresas y autónomos que han hecho un ERTE

Mantenimiento del empleo para empresas y autónomos que han hecho un ERTE

hace 3 años
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MANTENIMIENTO DEL EMPLEO PARA AUTÓNOMOS Y LAS EMPRESAS ACOGIDAS A UN ERTE

Les recordamos que la normativa que regula el ERTE por fuerza mayor, establece que las empresas y los autónomos que han aplicado un ERTE a sus trabajadores, se comprometen a mantener la ocupación durante el período de seis meses a partir de la fecha en que se reinicia la actividad.

Esta obligación se especifica de la siguiente manera:

- El mantenimiento de la ocupación durante seis meses se refiere respecto a los mismos trabajadores afectados por el ERTE y, por lo tanto, no es posible sustituir a un trabajador por otro en el mismo lugar de trabajo. El compromiso de mantener el trabajo es nominativo con respecto a los trabajadores afectados.

- De todos modos, no habrá incumplimiento cuando el contrato de trabajo del trabajador afectado por el ERTE se extingue por despido disciplinario, baja voluntaria, jubilación o incapacidad del trabajador y, en el caso de los trabajadores temporales, si el contrato finaliza por finalización del mismo. 

Muchas gracias


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